Omitir vínculos de exploración
Búsqueda
Elecciones
Información de Causas
Información Institucional
Sitios Nacionales Internacionales
Tribunales Electorales Regionales
Transparencia
Uniore
Omitir vínculos de exploración
Integración Planta y Georeferencia
Actas
Tablas
Tribunal Calificador de Elecciones > Tribunales Electorales Regionales
Tribunales Electorales Regionales

 Descripción

Quienes lo componen

Los Tribunales Electorales Regionales están constituidos por un ministro de la Corte de Apelaciones respectiva, elegido por ésta, y por dos miembros designados por el Tribunal Calificador de Elecciones de entre personas que hayan ejercido la profesión de abogado o desempeñado la función de ministro o abogado integrante de Corte de Apelaciones por un plazo no inferior a tres años(Art.85ª Constitución Politica).

Cada Tribunal Electoral Regional es presidido por el ministro de la Corte de Apelaciones que lo integre.

En la Región Metropolitana de Santiago, la designación de los ministros que deban integrar los Tribunales Electorales Regionales, es efectuada por la Corte de Apelaciones de Santiago.

Los miembros de los Tribunales Electorales Regionales deben tener residencia en la respectiva Región, duran cuatro años en sus funciones y pueden ser reelegidos.

Competencia

La competencia de los Tribunales Electorales Regionales se encuentra establecida en el articulo 10º de la Ley Nº 18.593 y comprende el conocimiento de las siguientes materias:

- Reclamaciones que se interpongan con motivo de las elecciones de carácter gremial y de las de cualquiera otros grupos  intermedios.

- Declarar las incompatibilidades que deriven de la aplicación del articulo 23º de la Constitución Política y las inhabilidades que, de acuerdo a esa norma constitucional, que establezca la ley.

- Cumplir las demás funciones que le encomienden las leyes.