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Preguntas Frecuentes


P. 1.- En qué mesa tengo que votar.

R. Debe consultar la página web del Servicio Electoral. www.servel.cl


P 2.- A qué local de votación tengo que ir para votar.

R. Debe consultar la página web del Servicio Electoral. www.servel.cl


P. 3.- Cómo puedo saber si soy vocal de mesa.

R. Debe consultar la página web del Servicio Electoral. www.servel.cl

 
P. 4.- Dónde se paga por haber sido vocal de mesa.

R. Debe consultar la página web del Servicio Electoral. www.servel.cl

 

P. 5.- Cuál es la multa por no votar.

R. De acuerdo al artículo 139 de la Ley Nº 18.700, el ciudadano que no votare será penado con una multa a beneficio municipal de media a tres unidades tributarias mensuales.

P. 6.- Cómo me excuso para no votar.

R. De acuerdo al artículo 139 inciso segundo de la Ley Nº 18.700, no incurre en sanción de multa el individuo que haya dejado de cumplir su obligación de votar por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día de la elección o plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en se encontrare inscrito o por otro impedimiento grave debidamente comprobado ante el juez competente.